«Nuestro cine no puede ser libre, si continúa preso el espectador»

Tras más de un año de espera, el Tribunal Provincial de La Habana desestimó la demanda del cineasta Juan Pin Vilar contra el Canal Educativo de la Televisión Cubana por violación de Derecho de Autor, al transmitir sin autorización su documental «La Habana de Fito». Por su importancia, CubaXCuba reproduce una nota enviada por el director cubano al Al Grupo de Representantes de la Asamblea de Cineastas Cubanos, así como una declaración de dicho grupo, en la cual denuncian la decisión de la instancia judicial como un ejemplo de la fragilidad legal que enfrentan los creadores en Cuba.

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Al Grupo de Representantes de la Asamblea de Cineastas Cubanos:

El día de mi cumpleaños recibí la sentencia del Tribunal Provincial de La Habana, correspondiente a la demanda que interpuse contra el Canal Educativo, motivada por el robo e ilegal exhibición de mi documental «La Habana de Fito» en uno de los programas de ese canal especializados en cine. Desde la primera conversación que tuve con la abogada que me representó, le aseguré que íbamos a perder el caso, porque el gobierno cubano no estaba preparado para darme la razón.

El ridículo en que colocaron al presidente Díaz Canel sus colegas de generación, sus compañeros de armas, comprometiéndolo verbalmente en este titingó, más el tsunami ético que produjo nuestra Asamblea a través de las redes sociales, tienen consecuencias, la menor de ellas es la sentencia que dictó el tribunal integrado por Ludmila Collazo Rodríguez (ponente), Dairis Rodríguez Gómez y Ramón Narciso Vega Rodríguez. Para mí, queda legalmente cerrado el caso y les adjunto la Sentencia Oficial.

Sobre el mentiroso párrafo incluido en la sentencia,

«En ese orden, se corroboró que el citado canal indagó sobre la presentación previa del audiovisual en un espacio público, mediante la revisión de las redes sociales, y verificó los parámetros técnicos para su puesta en televisión, con las necesarias adecuaciones para su transmisión en el mencionado espacio y, con posterioridad, efectuó el pago de 30 000.00 pesos a la Agencia Cubana de Derecho de Autor Musical, en concepto de remuneración por la comunicación pública del audiovisual».

aclaro:

Jamás he aceptado dinero mal habido. No me mezclo en trueques de enriquecimiento ilícito porque ni soy de esa moral, ni le debo un centavo a las instituciones o sus representantes. Este pago no solicitado, legitima una acción vergonzosa y fuera de contexto que solamente sirvió para manipular, conscientemente, la percepción visual y crítica del espectador. Lo mismo hicieron Joseph Goebbels y Orson Wells con sendos programas radiales y, a diferencia de nuestro país, cada patrocinador y cada oyente pudo elegir la emisora de su preferencia.

El poder detrás de esta sentencia prefiere votar a favor de unos delincuentes, que realizar un acto de justicia histórica con todas las obras censuradas. Desde el punto de vista ético, se comporta como cualquier dictadura que chantajea a sus deudores, al mismo tiempo que sus aliados más notables se esconden detrás de las grandes causas, de los grandes temas, de las más encumbradas polémicas, de los más profundos artículos, de las más ambiciosas producciones cinematográficas para evitar referirse a las continuadas arbitrariedades legales cometidas contra sus vecinos.

Nuestra sociedad lleva más de seis décadas liderada por personas que impusieron su presencia histórica sobre la lógica de los acontecimientos, costándole la vida a miles de compatriotas sobre cuyas tumbas se asientan las fortunas del poder y las veleidades de la irrespetuosa mediocridad que nos gobierna. Pero se equivoca quien piense que le voy a dar visibilidad a cotillas, o polémicas mientras exista la posibilidad de encarcelar a cualquier ciudadano por manifestarse rompiendo los símbolos de la sociedad que lo oprime.

Nuestro cine no puede ser libre, si continúa preso el espectador.

Juan Pin Vilar

San Francisco, CA. Enero del 2025

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A todos los artistas cubanos.

El Grupo de Representantes de la Asamblea de Cineastas Cubanos recibió hace unos días el dictamen del Tribunal Provincial de La Habana referido a la demanda por violación del Derecho de Autor interpuesta contra el Canal Educativo por el artista Juan Pin Vilar, cuyo documental, La Habana de Fito, aún en fase de pos producción, fue exhibido contra su voluntad en el espacio Espectador Critico de la Televisión Cubana.

Recordemos que dicha presentación ocurrida el 10 de junio del 2023 provocó una declaración de cineastas y figuras de la sociedad civil que en un número considerable firmaron una carta de protesta al considerar que se violentaban las regulaciones existentes para el Derecho de Autor Audiovisual.

Este evento provocó que la Asamblea de Cineastas creada en el 2013 retomara su trabajo bajo una nueva estructura. Poco después Juan Pin Vilar interpuso su demanda ante los tribunales. Transcurrió más de un año y en los días finales del 2024, seis meses después de quedar el caso visto para sentencia, se le informa al demandante que no tiene razón y por tanto su acción es desestimada.

Como sabemos no se trata de un hecho aislado, ha sido una práctica constante de las autoridades culturales que a lo largo de seis décadas excluyen, censuran, controlan o intervienen abruptamente en los procesos de creación artística.

En las últimas semanas hemos denunciado varios de estos sucesos. Ocurren en el cine, el teatro, la literatura, la música. Afectan a los artistas y también a los ciudadanos cuyos derechos a ver y disfrutar del arte, queda mutilado.

La Asamblea de Cineastas considera que:

1. La decisión del tribunal sienta un nefasto precedente que coloca a todos los artistas y creadores cubanos en una posición de vulnerabilidad, pues su obra (terminada o no) puede ser exhibida o compartida en un espacio público, sin contar con su anuencia.

2. En este caso, el productor Ricardo Figueredo y el realizador Juan Pin Vilar se negaron expresamente a que su película fuese exhibida en televisión nacional. Se lo hicieron saber a las autoridades del ICAIC y del Ministerio de Cultura. A pesar de ello, el filme fue reproducido en un canal nacional y en un horario estelar.

3. Ni la Televisión Cubana, ni el ICAIC, ni el Ministerio de Cultura tienen derechos legales sobre esta obra. No fue producida, ni realizada por ellos. El Fondo de Fomento, que premia el proyecto ofrece una ayuda financiera, no vinculante y que luego debe ser devuelta.

4.  En su defensa (aceptada por el tribunal) el Canal Educativo alega que ya la obra había tenido una presentación especial meses antes, en el Havana Film Festival de New York. Sostener como argumento tal idea, es desconocer los procesos artísticos que mueven el arte, donde, por diversas razones, las obras pueden presentarse en determinados espacios con el fin de promoverlas, buscar fondos, responder a invitaciones o seguir estrategias comerciales. En este caso, el festival de New York aclaró al público que se trataba de una obra no concluida.

5. Para el festival de NY, Juan Pin Vilar dio su consentimiento y envió un audio que fue escuchado en la sala. Para el pase en la televisión cubana, el director no autorizó. ¿Cómo es posible que el tribunal acepte como razonable la violación por parte de las autoridades, del derecho del artista a exponer su obra cuando él lo considere?

6. El tribunal obvia los procesos y dinámicas alrededor del arte, especialmente del cine. La película La Habana de Fito, no había sido estrenada, ni exhibida nunca en territorio nacional. Fue la Televisión Cubana la que presenta por vez primera el material, en una copia de trabajo, con baja resolución y sin el consentimiento de sus autores. Presentar un filme en un festival no está reconocido en ninguna parte como un estreno comercial, ni una exhibición regular. Es solo eso, una presentación especial y que, en este caso, se hace además en un territorio donde las leyes cubanas no tienen ningún valor.

7. El tribunal provincial no escuchó a los peritos o especialistas propuestos por la abogada de Juan Pin Vilar. No se les permitió pasar a la sala del juicio. Solo escuchó los criterios de la parte demandada, o sea, de la televisión cubana.

8. El argumento de que si una película no está terminada no existe y por tanto no tiene un autor legalmente reconocido resulta ingenuo pues desconoce las dinámicas de la creación artística. Ese criterio envía una extraña y peligrosa señal a todos los creadores cubanos, pues sus obras pueden ser robadas en su fase de ejecución y compartidas total o parcialmente en un espacio público, bajo el criterio de que carecen de propietarios. Es lo ocurrido con el documental de Juan Pin Vilar entregado (violentando sus compromisos legales con el artista) por la dirección del ICAIC al MINCULT, cuando aún no está concluido.

9. El Canal Educativo no puede obrar de buena fe, como expresa el dictamen del tribunal, porque esa presentación fue articulada de manera imprevista, respondiendo a una orden superior. El filme no estaba anunciado en la programación el día. Mientras se grababa, el viceministro de cultura Fernando Rojas trataba de convencer a Juan Pin Vilar en diferentes llamadas telefónicas, de que autorizara su pase en la televisión. La grabación del espacio se hace de manera urgente y para la cual son citados varios historiadores y críticos que hacen acusaciones al realizador de manipular la historia contemporánea del país y poner en peligro la relación de Cuba y Argentina (¡!). No solo se viola aquí el Derecho de un autor, sino que también se le hace un agravio en la televisión nacional.

10. Todos los filmes, y en general las obras de arte, se mueven bajo estrategias de distribución, comercialización, presentación. Para eso se firman documentos y acuerdos entre las partes. Cuando la Televisión Cubana exhibe el documental está fracturando esa ruta, violentando los tiempos de explotación de la obra, obstaculizando su posible presentación en festivales y abriendo la puerta a que sea copiado y distribuido ilegalmente. La decisión del tribunal ampara este proceder. El Canal Educativo a instancias de las autoridades del Mincult rompe el convenio firmado entre el ICAIC y los realizadores del filme. Estrenan el documental en Cuba y de paso lo divulgan masivamente. 

La Asamblea de Cineastas Cubanos denuncia las irregularidades cometidas durante el proceso. El tribunal hace interpretaciones de la ley, solo escucha a los especialistas de una de las partes, desconoce los procesos de producción y distribución alrededor del cine, ofrece una errática comprensión acerca del funcionamiento y seriedad de un festival de cine en su compromiso con los artistas, legitima la expropiación de las obras por las autoridades, obstruye las propias leyes sobre el derecho de autor existentes en el país e irrespeta el criterio de cientos de artistas e intelectuales cubanos que en declaración pública denunciaron a las autoridades culturales, máximas responsables de todo lo sucedido.

La Asamblea no puede aceptar que los intereses de una institución estén por encima del derecho de un artista a decidir sobre el destino de su obra.

Este dictamen es un ejemplo de la fragilidad legal que tienen los ciudadanos en sus reclamos ante las autoridades, instituciones o el propio gobierno. En el campo del arte, la decisión prácticamente anula la existencia de una ley de Derecho de Autor en Cuba.

La Asamblea de Cineastas considera que esta respuesta del tribunal no solo va contra un artista, sino contra toda una comunidad. Su decisión convierte la impunidad, en ley.

 

Grupo de Representantes. ACC.

La Habana, 15 de enero 2025.

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