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Las relaciones pueblo-servidores públicos

Nada es peor para el provechoso desempeño de un país que la inadecuada comunicación y cooperación entre gobierno y gobernados. Se supone que uno y otros deben mantener las más positivas relaciones así como una solvente voluntad de acción para poder llevar adelante los proyectos de la nación. En esta relación es fundamental tener en cuenta que el gobierno es el conjunto de actores legales, que deben ser nombrados y apoyados por el pueblo, y tienen sobre sus hombros la responsabilidad de prever, organizar, coordinar y regir las diversas acciones que permitan un alcance exitoso de los propósitos que los ciudadanos se trazan para su devenir.

De modo que los actores del gobierno no actúan por su parecer particular ni por gracia divina, sino que prestan un servicio a la ciudadanía para que esta pueda vivir más satisfactoriamente; por tanto son servidores públicos que funcionan no para sí, sino para satisfacer las necesidades y demandas de los sujetos a quienes representan.

En nuestro país existe un gobierno conformado por métodos muy singulares, que tienen que ver con la estructura política que decide los destinos de esta nación, en cuya cúspide se alza el Partido Comunista de Cuba, único existente, con todo su aparato de mando. Es algo que pensamos también deberá ser estudiado y rectificado en un futuro, pues no resulta lógico que, en una comunidad compleja y diversa, un grupo exiguo de personas, desde su perspectiva de entender la vida socio-económica decida por todos los asuntos de la nación, sin un contrapeso político que vele porque esa única proyección no desnaturalice y afecte las posibilidades de otras formas de entender la existencia, sin que esta reforma implique la existencia de partidos que denigren la condición humana.

No creo que el sistema de formación del gobierno en Cuba sea el más atinado, ni la forma en que se eligen sus miembros sea la más apropiada, algo que amerita la intervención popular para mejorarlo. No obstante, una vez que esos individuos han sido designados por una estructura electoral decidida fundamentalmente por las autoridades del Partido —donde la mayoría de los propuestos ocupan diversos cargos en instituciones y organismos, siendo mínima la participación de sujetos directamente vinculados a la producción o los servicios—, las personas así elegidas devienen funcionarios del gobierno, con lo cual adquieren un compromiso y una ocupación que cumplir para propiciar las debidas condiciones en el desarrollo de la vida de la nación. Pienso por tanto que, a la vez que hagamos todo lo posible por perfeccionar el sistema electoral, mientras tanto debemos emplear las facultades que nos confiere la ley estatuida para lograr que ese gobierno funcione en consonancia con los intereses del pueblo.

Considero en primer lugar, para no detenernos en otras normativas y regulaciones legales más específicas que complicarían este análisis, que todos los ciudadanos cubanos debemos conocer en profundidad lo normado por la llamada Ley de Leyes, la Constitución, no solo para cumplir con ella y vivir aprovechando al máximo las posibilidades que asegura, sino también, y en especial, para exigir que su letra se ejecute correctamente en la práctica en beneficio de todos.

Ya en su propio artículo 7, la Constitución expone que es «la norma jurídica suprema del Estado», así como que «Todos están obligados a cumplirla». Por tanto, ninguna acción que emane de alguna estructura de gobierno puede contravenir lo que esta norma suprema estatuye, ni nadie queda eximido de llevar a efecto sus exigencias, resultando así un documento mandatorio para la actuación, tanto de ciudadanos comunes como de funcionarios. Si bien la actual Constitución no deja de tener elementos cuestionables que deben ser enmendados, aun así posee un conjunto de disposiciones que, de hacerlas cumplir efectivamente, beneficiarían nuestra existencia y nos protegerían contra acciones ilegítimas.   

Desde su «Preámbulo», la Constitución resume, sucinta pero explícitamente, como inspiración de su cuerpo legal, la larga historia de luchas y demandas del pueblo cubano, así como su «resistencia épica y su unidad». En consecuencia, esto obliga a considerar un deber el honrar ese espíritu de tenacidad y reivindicación, así como practicar estrictamente sus predicados para que todo funcione con rectitud, sin detrimento para ningún ciudadano.

Entre su conjunto de fundamentos, la Constitución declara la voluntad, en consonancia con la vocación martiana de nuestra nación, de que la ley primera sea el culto a la dignidad plena del hombre. Esto conlleva a que cuanto se proyecte, determine y ejecute, propenda al respeto de la condición del ser humano en su más justo decoro y rectitud. Nada que denigre al ser humano rinde culto a esa dignidad ansiada, por tanto, dicho principio rige las cualidades de todo cuanto implique la actitud hacia las personas y el modo en que se les trate.

De igual manera, esta ley declara que el país es un «un Estado socialista de derecho y justicia social, democrático, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos como república unitaria e indivisible, fundada en el trabajo, la dignidad, el humanismo y la ética de sus ciudadanos para el disfrute de la libertad, la equidad, la igualdad, la solidaridad, el bienestar y la prosperidad individual y colectiva». Notemos cuántos adjetivos enaltecedores de la condición humana se incluyen en este párrafo, por lo que todo acto que atente contra las atribuciones de las personas es violatorio de la Constitución.

Un Estado de derecho es el que se atiene a lo legislado, que se supone favorece la colectividad humana, para que no se laceren ni transgredan sus facultades ni posibilidades. Son en definitiva los derechos, de todos y para el bien de todos, los que deben presidir cualquier acción de gobierno. Y cuando se dice todos no podemos establecer grupos diferenciados por determinadas preferencias políticas o conceptos ideológicos. Son todos, por lo que hay que concertar y consensuar con esa totalidad para el bien común.

(Foto: San Carlos de Matanzas)

Resulta primordial para cada ciudadano cubano dominar de manera consciente los derechos que le concede la Constitución. Estos son varios y, de cumplirse efectivamente, resultan esenciales para una vida satisfactoria y protegida. Uno de ellos es la consideración de la dignidad como el valor fundamental de la vida en el país (art. 40), otro plantea la garantía al ejercicio de los derechos humanos (41), así como la igualdad en la protección y atención de las personas ante la ley (42). Se prevé el derecho a la integridad física y moral, que nos protege del abuso de nuestra individualidad tanto corporal y como espiritual (46).

Se establece asimismo la facultad para solicitar y recibir información veraz y oportuna (53), algo esencial en nuestras relaciones con aquellos que nos dirigen, pues no siempre recibimos explicaciones por asuntos que nos competen y nos afectan. Cardinal para el ejercicio de una vida ciudadana plena es lo establecido en el artículo 54, que declara la libertad de pensamiento, conciencia y expresión; así como en el 56, que faculta el derecho de reunión, manifestación y asociación con fines pacíficos, mientras en el 61 se instituye el derecho a establecer quejas y peticiones.

Es necesario dominar estas posibilidades que nos confiere la Constitución, no solo para saber si al actuar pisamos sobre el terreno firme de lo legal, sino también para exigir su debido cumplimiento por quienes nos representan gubernamentalmente que, por estatuto, no están eximidos de obedecer lo instituido. Los ciudadanos cubanos debemos aprender a establecer las debidas relaciones con aquellos que nos dirigen, de modo que no solo procedamos con rectitud sino que, a través de diversas formas de comunicación, hagamos valer las facultades que nos garantiza la Constitución, además de desarrollar un diálogo y control permanentes con aquellos que son servidores públicos y, en consecuencia, se supone que velen porque esos derechos no sean conculcados ni disminuidos.

Por supuesto, no se puede aspirar únicamente a que se respeten los derechos sin observar los deberes que hemos aceptado en tanto requisitos indispensables para una vida pacífica y armoniosa en comunidad. Lo fundamental es que cada ciudadano que cumpla con sus deberes, disfrute de todos sus derechos, y no solo de algunos de ellos mientras otros son vulnerados.

Debe tenerse en cuenta que la propia Constitución instituye normas para que el ciudadano pueda demandar el cumplimiento de sus derechos. A tenor con ello, el Artículo 10 señala que «Los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados están obligados a respetar, atender y dar respuesta al pueblo, mantener estrechos vínculos con este y someterse a su control, en las formas establecidas». Nótese que se conceptúa como obligación la atención a los reclamos de los ciudadanos, por tanto, es una función que ningún servidor público puede evadir o infringir.

De igual manera, entre los fines del Estado, el artículo 13, en su ítem «d», declara: «garantizar la igualdad efectiva en el disfrute y ejercicio de los derechos, y en el cumplimiento de los deberes consagrados en la Constitución y las leyes»; mientras que el inciso «e» resuelve: «promover un desarrollo sostenible que asegure la prosperidad individual y colectiva, obtener mayores niveles de equidad y justicia social, así como preservar y multiplicar los logros alcanzados por la Revolución». No es por tanto una actitud ilegal demandar que se permita el ejercicio de todos nuestros derechos y que se posibiliten las vías para alcanzar una existencia próspera y decorosa, pues estos aspectos constituyen compromisos del Estado sancionados por la Constitución.

Por todo lo anterior, y considerando que muchos de los que nos representan en las distintas asambleas (municipal, provincial o nacional) no residen en los lugares donde habitan sus representados y, por demás, la mayoría de ellos son cuadros de distintas organizaciones, se hace necesario establecer canales de contacto y comunicación sistemáticos entre los ciudadanos y sus representantes. Ello permitiría la tramitación eficaz de aquellos asuntos que preocupan, limitan u obstruyen la vida ciudadana conforme a los derechos refrendados.

En esta reflexión no intentamos solo hacer un resumen de aspectos legales que pueden ayudarnos a llevar una vida más segura y satisfactoria, sino a la imperiosa necesidad de que nos convirtamos en ciudadanos con real conciencia política. Tenemos que seguir esforzándonos por conseguir enmendar, a través de las formas aceptadas, aquellas cuestiones que entorpecen el alcance de un desarrollo provechoso y una existencia digna. Por eso, debemos aprender a ser políticos (que no politiqueros), en el prístino sentido de ocuparnos con seriedad y asiduidad de los asuntos que atañen a los ciudadanos.

Hay una actitud bastante generalizada de aseverar: «Yo no me meto en política», siendo esta verdaderamente la peor forma de hacerlo, pues por ella el sujeto cae en la resignación y el desinterés por los asuntos públicos y se desentiende de las cuestiones que determinan su condición de ciudadano, dejándolas en manos ajenas, las que no siempre velan por aquello que le interesa a aquel. Debemos concientizar estos derechos y desarrollar una actitud de exigencia encaminada a que los servidores sociales cumplan sus obligaciones con el pueblo que dicen representar, a que desarrollen la convicción plena de que no pueden ejercer el poder para sí mismos, sino en función de sus representados.

Tenemos que habituarnos, desde el conocimiento y la disciplina, a dialogar, exigir y reclamar de aquellos que nos representan con el propósito de que hagan su servicio habitual y eficientemente. Ocuparnos de la política es asumir nuestra determinación y compromiso con los actos que dan realización a nuestros deseos y aspiraciones, aquellos con que proyectamos nuestra vida. Entonces, con decencia, responsabilidad, conocimiento legal y sensatez, todos debemos hacer política, o sea, decidir por nuestros destinos. 

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Imagen principal: Reuters